ES
CONTINGENCIA
Alimentos para Aprender

La Categoría UAPA-PAE permite a las a entidades territoriales, a través de sus cinco formularios hacer un reporte trimestral acumulado de la gestión financiera del Programa de Alimentación Escolar - PAE para que la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar – Alimentos para Aprender (UApA) realice el seguimiento y monitoreo de los recursos destinados a la estrategia de Alimentación Escolar por parte de las Entidades Territoriales.

A quién va dirigida: a las entidades territoriales tanto certificadas y no certificadas en educación, que implementan, contratan y ejecutan el PAE, serán responsables de reportar la información requerida para el seguimiento y monitoreo a los recursos financieros destinados a la ejecución del Programa de Alimentación Escolar (PAE).

Plazos para el reporte de la Categoría UAPA - Programa de Alimentación Escolar - PAE
Periodo Corte Reporte oportuno Reporte extemporáneo, hasta
Trimestre 1 (enero - febrero - marzo) marzo 31 Del 1 al 30 de abril Del 1 al 31 de mayo
Trimestre 2 (abril - mayo - junio) junio 30 Del 1 al 31 de julio Del 1 al 31 de agosto
Trimestre 3 (julio - agosto - septiembre) septiembre 30 Del 1 al 31 de octubre Del 1 al 30 de noviembre
Trimestre 4 (octubre - noviembre - diciembre) diciembre 31 Del 1 enero al 28 de febrero del siguiente año Del 1 al 31 de marzo del siguiente año

Tenga en cuenta que, el reporte extemporáneo de la categoría no es automático, por lo tanto, para realizar la apertura de la categoría UAPA PAE de manera extemporánea, los departamentos, municipios y/o distritos deberán enviar a la Mesa de Ayuda: uapapae@alimentosparaaprender.gov.co, una carta u oficio firmado por el Secretario(a) de Educación o Secretario(a) responsable del PAE en la jurisdicción; en donde se identifique el nombre del municipio o departamento, la categoría, los periodos que desean aperturar y la justificación por los cuales no se reportó la información a tiempo, teniendo en cuenta el cronograma de reporte de la Resolución 332 de 2021.

Mesa de Servicio PBX: (57) 601 4926400 Opción 2
Correo electrónico mesadeservicio@contaduria.gov.co